Tener la nacionalidad de uno de los estados miembros de la Unión Europea o de un tercer estado al que la Unión Europea aplique, de forma recíproca y efectiva, el principio de circulación de profesionales, tanto a nivel de establecimiento como de prestación ocasional de servicios salvo en los casos de dispensa legal.
Estar en posesión de cualquiera de los siguientes títulos:
De licenciado en: Ciencias Políticas y Económicas (Sección Economía); en Ciencias Políticas, Económicas y Comerciales (Sección Económicas y Comerciales); en Ciencias Económicas y Comerciales; en Ciencias Económicas y Empresariales; en Economía; en Administración y Dirección de Empresas; en Ciencias Actuariales y Financieras y en Investigación y Técnicas de Mercado.
Cualquier otra nueva titulación superior emitida por Universidades Españolas en sustitución a las mencionadas en el apartado anterior, que tengan plenos efectos habilitantes para el ejercicio profesional en el Estado Español.
Cualquier titulación o acreditación que, reconocida o emitida por la Administración española en virtud de la aplicación del sistema general de reconocimiento de títulos superiores de los estados miembros de la Unión Europea, habilite para el ejercicio profesional como economista.
Los Intendentes Mercantiles y los Actuarios de Seguros podrán incorporarse al Colegio con las mismas condiciones, derechos y deberes que los titulados arriba citados.
Ser mayor de edad.
Satisfacer la cuota de ingreso.
Para ejercer la profesión de economista en la provincia de Alicante será requisito indispensable estar incorporado al Ilustre Colegio Oficial de Economistas de Alicante, para aquellos que tengan su domicilio profesional único o principal en dicha provincia.
La colegiación será obligatoria para el ejercicio de la profesión de economista, en cualquiera de sus formas de ejerciente por cuenta propia o por cuenta ajena. No obstante, la colegiación será potestativa para los que pertenezcan a Cuerpos y Escalas de la Administración Pública, siempre que limiten su función a lo peculiar de dichos cuerpos.
Cuotas
Ejercientes por cuenta ajena: 50 € / trimestre
Ejercientes por cuenta propia: 50 € / trimestre
No Ejercientes: 35 € / trimestre
Desempleados: 20 € / trimestre
Cuota Colegiación, en función del año de finalización de la carrera::
Dentro del 1er y 2º año de haber acabado la carrera: 60,00 €
A partir de 2º año de haber acabado la carrera (no ejercientes): 90,00 €
A partir de 2º año de haber acabado la carrera (ejercientes): 400,00 €
La cuota de ingreso tendrá una bonificación de 60 € para todos aquellos que aperturen una cuenta en el Banco de Sabadell Atlántico.
Documentación para la Colegiación
Fotocopia D.N.I.
Tres fotografía tamaño carnet.
Original y fotocopia del Título u original y fotocopia de las tasas de haber pagado los derechos correspondientes del mismo y título provisional durante tres meses.
Fotocopia cartilla del Servef (solo en el caso de personas desempleadas).
Número de cuenta para cumplimentar la domiciliación bancaria.
En la secretaría del Colegio se le facilitarán los siguientes impresos que deberán acompañar debidamente cumplimentados y firmados:
Carnet de colegiado: A solicitar en la Secretaria del Colegio
Reconocimiento de firma: A solicitar en la Secretaria del Colegio