Sociedades profesionales

El día 16 de junio de 2007, entró en vigor la ley 2/2007, de 15 de marzo, de Sociedades Profesionales, (LSP), y fue modificado por la Ley 25/2009 de 22 de diciembre. Esta nueva Ley es de aplicación obligatoria para todas aquellas sociedades que tengan por objeto social el ejercicio en común de una actividad profesional como la de Economistas, debiendo constituirse en sociedad profesional en los términos que establece la Ley.

A los efectos de la constitución de sociedades profesionales de Economistas, el objeto social deberá ser “la actividad profesional del economista” y la escritura pública de constitución deberá ser inscrita en el Registro Mercantil. El Registrador comunicará de oficio al Colegio de Economistas de Alicante la práctica de las inscripciones de las sociedades profesionales, que deberán inscribirse asimismo en el Registro de Sociedades Profesionales creado en el Colegio de Economistas de Alicante.

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