Administradores concursales

El Colegio es un ente colaborador de la Administración Central, Autonómica y Local y de los Tribunales de Justicia, gestionando las listas oficiales de colegiados para facilitar su actuación como Administradores Concursales en los diversos asuntos que le son encomendados.

Para ello, los colegiados que así lo deseen deben solicitar de forma expresa su inclusión en las distintas Listas que, para tal fin, confecciona el Colegio en el último trimestre anual para su comunicación a los distintos entes.

Para la inclusión en nuestro listado (reguladas conforme al Texto Refundido de la Ley Concursal, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 mayo), el colegiado deberá cumplir los siguientes requisitos:

1. Economista o Titulado Mercantil ejerciente al corriente de pago de las cuotas colegiales.

2. Un mínimo de 5 años de colegiación.

3. Especialización demostrable en el ámbito concursal.

4. Acreditar formación en temas concursales durante el ejercicio (mínimo 20 horas de formación homologada).

Para los colegiados que se incorporen por primera vez a los listados, la formación obligatoria será de 40 horas en materia concursal.

5. No estar incurso en ninguna de las causas generales de incapacidad, incompatibilidad y/o prohibición previstas en el artículo 64 del citado Texto Refundido de la Ley Concursal.

6. Acatar los principios Deontológicos de Actuaciones Profesionales de los Economistas de la Comunidad Valenciana.

En el caso de personas jurídicas que no estén registradas en el Ilustre Colegio de Economistas de Alicante, deberán adjuntar a la solicitud, la escritura de la Sociedad Profesional, número de cuenta, certificado del Colegio de Economistas donde este registrada y la documentación que acredite la formación realizada por los socios en el año en curso.